Cómo dar cumplimiento a la regulación de límites máximos permisibles de contenido de compuestos orgánicos volátiles (cOV)
En el pasado Seminario Técnico del IMAAC, el IQ. Jair Juan Manuel Martínez Miguel de la Cámara Nacional de la Industria de Productos Cosméticos (CANIPEC), habló de cómo dar cumplimiento a la regulación de límites máximos permisibles de contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV’s). Esto, en relación al Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana.
ÍNDICE
1. Contexto
2. Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana
3. Cálculo de los COV aplicando criterios del
Anteproyecto de NOM
4. Recomendaciones para la Industria del Aerosol
1. CONTEXTO
Contaminación derivada de los Compuesto Orgánicos Volátiles
Lo que busca el Anteproyecto de Norma es la disminución de la contaminación del aire en las zonas urbanas del país, en particular en las que se generan al tas concentraciones de ozono troposférico (O3).
El ozono troposférico se forma cuando los compuestos orgánicos volátil es (COV) reaccionan con los óxidos de nitrógeno (NOx) en presencia de luz sol ar y calor.
En condiciones de baja dispersión atmosférica el ozono puede acumularse en el ambiente.
Esto surgió una vez que entró el gobierno local de la Ciudad de México , pues dentro de las metas que tenían en aspectos ambientales, se publicó la meta de hacer una reducción de los COV’s del 20 al 25% de los que se tenían actualmente respecto a dónde se queríamos llegar al 2024. A partir de este surgimiento, se empezó a tener la necesidad de tener una NOM, que al final de cuentas esta regulando un producto, por lo tanto no puede ser una NOM que sea estatal, no la podemos tener sobre un estado, por eso es que a esta política pública le empezó adherir también la Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En conjunto, quien también promovió este proyecto es la Comisión del Medio Ambiente de la Megalopolís (CAMe), que está conformada por diversos estados como la CDMX, el Edo. de México, Hidalgo y 8 estados más.
A partir de 2018 se publicó esta política de lograr reducir del 20 al 25% de los COV’s. En el 2019 se publicó el documento: Las medidas necesarias para lograr la calidad del aire en la zona Metropolitana del Valle de México, que contiene diversos contenidos enfocados a cómo se van hacer estas reducciones en los COV’s. Se enfoca al tema del gas LP, al tema de las gasolinas, pero hay un punto importante que es la Medida 2, que nos habla de cómo se va a llevar a acabo la regulación de COV’s y recubrimientos y productos de uso doméstico.
Aquí empezamos a ver como este tipo de medidas de políticas públicas van a impactar a nuestro sector y en especifico a la industria del aerosol.
Contaminación derivada de los Compuesto Orgánicos Volátiles
Las medidas necesarias son las siguientes:
• Medida 1. Reducción de emisiones en la distribución
y uso de gas LP.
• Medida 2. Regulación de compuestos orgánicos volátiles
en recubrimientos y productos de uso doméstico.
• Medida 3. Inspección y vigilancia estratégica para el
control de emisiones en gasolineras.
• Medida 4. Distribución de gasolinas menos volátiles en
la megalópolis.
• Medida 5. Mejores prácticas para el manejo del fuego y
prevención de incendios.
• Medida 6. Control de emisiones y uso de combustibles
limpios en el sector industrial.
• Medida 7. Reducción de emisiones por mantenimiento
urbano.
• Medida 8.1. Ordenamiento de la circulación del transporte
de carga.
• Medida 8.2. Detección de vehículos ostensiblemente
contaminantes.
• Medida 9. Normas de emisiones vehiculares.
• Medida 10. Regulación de emisiones de motocicletas
nuevas.
• Medida 11. Implementación de un nuevo esquema para el
otorgamiento de los hologramas de verificación vehicular.
• Medida 12. Fomento de la movilidad sustentable.
Contaminación derivada de los Compuestos Orgánicos Volátiles
Entre las propuestas de los gobiernos para mejorar el aire es no usar los aerosoles, esto nos tiene que llevar a tomar decisiones y medidas como sector para empezar a enseñar lo que la industria ha hecho y está haciendo.
Inventario Nacional de Emisiones (COV)
Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes Criterio (INEM, 2016)
Generación de aproximadamente 12 millones de toneladas de COV al año.
• 81.6 % son de origen natural
• 18.4 % son de origen antropogénico.
• Los productos de aseo de uso doméstico y productos cosméticos; los cual es se utilizan de manera cotidiana por la población, contribuyen con 132 mil toneladas al año de COV (1.1 %).
2. ANTEPROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA
Contenido del Anteproyecto de NOM
0. Introducción
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Términos y definiciones
3. Especificaciones
4. Método de Cálculo de Compuestos Orgánicos Volátiles
5. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
6. Verificación y Vigilancia
7. Concordancia con normas internacionales
Apéndice A Normativo – Información Confidencial
Apéndice B Normativo – Documentos requeridos para la verificación de producto
8. Bibliografía
En esta ocasión, nos enfocaremos en tres puntos principales de este proyecto:
2. Términos y definiciones
2.8. Compuestos orgánicos volátiles (COV)
Cualquier compuesto de carbono excluido el monóxido de carbono, dióxido de carbono, ácido carbónico, carburos metálicos o carbonatos y carbonato de amonio que participan en reacciones fotoquímicas atmosféricas.
* Es importante tener esta definición porque si no nos damos cuenta la NOM disfraza y llegar a los cálculos como viene descrito en la NOM sin conocer esta definición, nos daremos cuenta de que nuestros clientes están muy por encima y vamos a tener que hacer una reformulación.
2.9. Compuestos orgánicos altamente volátiles (COAV)
Compuestos orgánicos volátiles (COV) con una presión de vapor mayor a 80 milímetros de mercurio a 20 grados Celsius.
2.10 Contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV)
Cantidad en masa de los compuestos orgánicos volátiles (COV) presentes en la formulación, expresada en porcentaje masa/masa.
La NOM nos habla de unas especificaciones, básicamente una vez que ya definimos que la NOM es aplicable para productos de uso doméstico, del cuidado personal y del hogar, ahora sí la NOM nos dice que debe aplicar cada quien.
3. Especificaciones
3.1. Los límites máximos permisibles de contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV) de los productos de aseo de uso doméstico y productos cosméticos son los previstos en la Tabla 1:
Estos son algunos productos que se incluyen en la tabla.
3.2. Los límites máximos permisibles de contenido de compuestos orgánicos altamente volátiles (COAV) de los antitranspirantes y desodorantes axilares en aerosol, son los previstos en la Tabla 2:
3.3. Los compuestos orgánicos volátiles (COV) señalados en la tabla 3 no deben ser considerados en los cálculos para la determinación del contenido de COV:
Método de Cálculo de COV del Anteproyecto de NOM
Particularidades de la Tabla 1
Los límites del contenido de COV de la sustancia contenida, descritos en la Tabla 1 no incluirán ningún COV que:
a) Tenga una presión de vapor de menos de 0.1 milímetros de mercurio a 20 grados Celsius; o
b) Que consista en más de 12 átomos de carbono, si se desconoce la presión de vapor;
c) Que tenga un punto de fusión superior a 20 grados Celsius y no sublime (es decir, no cambie directamente de un sólido a un gas sin fundirse), si se desconoce la presión de vapor.
Particularidades de la Tabla 2 (Aerosoles)
Lo descrito en la Tabla 2 no aplica a:
a) Los antitranspirantes o desodorantes axilares en aerosol que contienen más de 10 átomos de carbono por molécula y para los que se desconoce la presión de vapor, o que tienen una presión de vapor de 2 milímetros de mercurio o menos a 20 grados Celsius.
b) El 20 % del total de n-butano presente en la formulación de desodorantes axilares en aerosol, quedando exento del cálculo de contenido de COAV conforme con la ecuación 1.
Ecuación 1
n-butano exento (m/m)=0.2* n-butano
Donde:
n-butano exento = porcentaje de n-butano exento de la cuantificación de COAV (masa/masa)
n-butano = porcentaje total de n-butano presente en la formulación (masa/masa)
Adicional a los criterios de exclusión, se debe considerar lo siguiente:
• En aquellas categorías de productos en las que en su etiqueta o el instructivo adjunto indique específicamente que éstos deben diluirse antes de su uso, el cálculo de contenido de COV se realizará considerando la mínima dilución recomendada por el responsable del producto.
• El fabricante o importador puede usar la información de presión de vapor provista por el proveedor de la materia prima, siempre que el proveedor use un método para determinar la presión de vapor que sea generalmente aceptado por la comunidad científica.
• Para disolventes de hidrocarburos que son mezclas complejas de muchos compuestos diferentes y que se suministran según una especificación para su uso en uno de los productos descritos en la Tabla 1, la presión de vapor de la mezcla de hidrocarburos puede usarse para demostrar el cumplimiento de los límites de contenido de COV. Para dar cumplimiento no se requiere la identificación de la concentración y la presión de vapor para cada uno de estos componentes en la mezcla.
3. CALCULO DE LOS COV APLICANDO EL ANTEPROYECTO
Ejemplo 1: Esta es la formulación de un desodorante en aerosol. Este producto se incluye en la Tabla 2, donde sólo se cuantifican los compuestos orgánicos altamente volátiles.
Lo que se tiene hacer para aplicar los criterios y reportar a la autoridad, es cómo estoy hoy en mi formulación y respecto al límite.
Ejemplo 1
Presión de vapor del Alcohol Etílico -20°C a 150°C
Ejemplo 2
4. RECOMENDACIONES A LA INDUSTRIA
1. Se debe realizar un análisis de los productos en aerosol comercializados e identificar a cuáles les aplica la NOM.
2. Cuantificar los COV de los productos en aerosol e identificar cuáles no cumplen con los límites permisibles. (El área de R&D deberá determinar que compuesto se clasifican con COV)
3. Comenzar a desarrollar un plan de investigación para la reformulación de los productos en aerosol, con el propósito de cumplir con el Anteproyecto de NOM.
4. Es importante conocer el impacto económico que esto puede representar en los procesos actuales en la empresa, por eso las empresas no deben esperar a que el proyecto se publique en el DOF para comenzar a actuar.
5. Aprovechar los beneficios de la NOM, como son la reformulación de productos con menor impacto ambiental, aplicar estrategias de marketing sustentable y atraer nuevos consumidores.